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CODIGO DEPORTIVO


 

1ª EDICION

 

INDICE

 

1.2 -REGLAMENTOS PARTICULARES

1.3 -AUTORIDAD

1.4 -INTERPRETACION DE LOS REGLAMENTOS Y DISPOSICIONES

1.5 -ORGANIZACION DE EVENTOS

1.6 -MODIFICACIONES AL CODIGO

2.1 -TIPOS DE EVENTOS

2.1.1 -FECHAS DE CAMPEONATO URUGUAYO

2.1.2 -FECHAS DE CAMPEONATO ZONAL

2.1.3 -FECHAS DE CAMPEONATO DEPARTAMENTAL

2.1.4 -FECHAS DE CAMPEONATO ESTIVAL

2.1.5. -FESTIVAL

2.1.6 -DERECHOS DE ORGANIZACIÓN

2.2 -EVENTOS DURANTE UNA FECHA DE CAMPEONATO URUGUAYO

2.3 -COMPETENCIAS ENTRE AUTOMOVILES Y MOTOCICLETAS

2.4-COMPETENCIAS ENTRE MOTOCICLETAS, TRICICLOS, SIDECARS Y CUADRICICLOS

2.5. -EVENTOS NO FISCALIZADOS POR FAMU

2.6 -POSTERGACION O ANULACION DE UN EVENTO

2.6.1 -ANULACION DE UNA FECHA

2.6.2. -POSTERGACION DE UNA FECHA

2.7 -USO DE TITULOS

2.8 -PARTICIPACION DE EXTRANJEROS EN LOS CAMPEONATOS URUGUAYOS

3. -CALENDARIO OFICIAL

3.1 -FIJACION DEL CALENDARIO OFICIAL

3.2 -ORDEN DE PRIORIDAD DE FECHAS

3.3 -FICTOS A PAGAR POR LA REALIZACION DE EVENTOS

4.1 -RESPONSABILIDAD POR LA ORGANIZACIÓN

4.2 -INSCRIPCIONES Y COBRO DE COSTOS DE INSCRIPCION

4.3 -TROFEOS Y PREMIOS

5. -AUTORIDADES

5.1-COMISARIO DEPORTIVO

5.2 -COMISION DEPORTIVA

5.3 -DIRECTOR DE LA PRUEBA

5.4 -JUEZ DE LARGADA
 
5.5. -JUEZ DE LLEGADA

5.6. -JEFE DE BANDERILLEROS

5.7. -BANDERILLEROS

5.8 - JEFE DE BOXES Y PARQUE CERRADO

5.9 - JEFE DE PLANILLEROS

5.10 -MECANICO FISCAL O COMISION TECNICA

5.11 -DESIGNACION DE AUTORIDADES

6 - PARTICIPANTES

6.1 -COMPETIDORES

6.2 -MECANICOS

6.3 -AYUDANTES

6.4 -ACEPTACION Y PUBLICACION DE RESULTADOS

 

1. GENERALIDADES:

1.1 FINALIDAD:

El Código Deportivo de FAMU (de aquí en adelante "El Código") es el conjunto de reglas establecidas por FAMU que serán aplicadas en todas las manifestaciones deportivas bajo su autoridad. Asimismo regulará los deberes y derechos de cada una de las personas vinculadas al motociclismo deportivo.


1.2 REGLAMENTOS PARTICULARES:

Para cada especialidad se especificarán normas complementarias, que no se opondrán a lo establecido en este Código ni en los Estatutos y Reglamentos de FAMU, salvo que sea necesario por sus características, debiendo estar explicativo que existe esa diferencia.

1.3 AUTORIDAD:

Toda persona física y toda entidad que participe en los eventos organizados bajo la Autoridad de FAMU  por este simple hecho está obligada a conocer y acatar todas las disposiciones tomadas por FAMU (Estatutos, Código, Reglamentos y Resoluciones), y aceptar todas las resoluciones y decisiones que la Comisión Directiva de FAMU, o sus Órganos de Disciplina tome como consecuencia de sus actos. Además tanto los organizadores como los participantes de los eventos que se organicen bajo la dirección de  FAMU, renuncian al derecho de todo procedimiento civil, que no sea autorizado expresamente y por escrito por FAMU.

1.4 INTERPRETACION DE LOS REGLAMENTOS Y DISPOSICIONES:



En caso de controversia, la Comisión Directiva de FAMU es el órgano autorizado a interpretar los Reglamentos y Disposiciones que puedan dar lugar a diferentes conclusiones, las que serán luego confirmadas o modificadas por la primer Asamblea que se realice.

En los casos no previstos, se resolverá de acuerdo a lo que establezca la ULM o la FIM al respecto, siempre que no se oponga a las leyes de nuestro país.

Las interpretaciones al respecto que sean tomadas, serán incluidas en el Código, Reglamento, etc. correspondiente o bien puede ser  modificado el texto de dicha regla para que se ajuste a la interpretación.

1.5 ORGANIZACION DE EVENTOS:

Los eventos podrán ser organizados:

§       Por FAMU.

§       Por los Clubes o Asociaciones afiliados/as a  FAMU.

§       Por una entidad o persona, o conjunto de personas, ajenos a FAMU, avalados por un Club o Asociación afiliado/a, el que será totalmente responsable por los actos y la organización del evento, debiendo responder ante FAMU por los mismos.

1.6 MODIFICACIONES AL CODIGO:

Cualquier modificación o agregado al Código o a los Reglamentos, podrá ser decidida por la Asamblea General, teniendo vigencia a partir de la primera competencia perteneciente a los Campeonatos del año siguiente a la misma (aún en el caso que dicha Asamblea no sea cerrada en el año a que corresponda, o en la fecha que se resuelva en la Asamblea (la Asamblea puede decidir reuniones extraordinarias para tratar un tema en particular, y las resoluciones tomadas en ella tendrán total validez).

2. EVENTOS:

2.1 TIPOS DE EVENTOS:

Se podrán distinguir cinco tipos de eventos:

1.    Fecha de Campeonato Uruguayo

2.    Fecha de Campeonato Zonal

3.    Fecha de Campeonato Departamental

4.    Fecha de Campeonato Estival

5.    Festival

Ningún evento se podrá realizar sin la previa autorización de FAMU.

2.1.1 FECHAS DE CAMPEONATO URUGUAYO:


Serán fechas de Campeonato Uruguayo, las que compongan el calendario Oficial que se confeccionará en la Asamblea Ordinaria Anual de FAMU, para cada una de las especialidades.

2.1.2 FECHAS DE CAMPEONATO ZONAL


Serán fechas de Campeonato Zonal las que compongan los calendarios de los Campeonatos Inter-departamentales de cada una de las especialidades, que serán confeccionados en la Asamblea Extraordinaria citada a ese efecto.

Se podrá regir por un Reglamento propio o en su defecto, por el mismo que rija al Campeonato Uruguayo de esa especialidad, o la más similar.

2.1.3 FECHAS DE CAMPEONATO DEPARTAMENTAL

Serán fechas de Campeonato Departamental las que compongan los calendarios de los Campeonatos de cada Departamento, de cada una de las especialidades, que serán confeccionados en la Asamblea Extraordinaria citada a ese efecto.

Se podrá regir por un Reglamento propio o en su defecto, por el mismo que rija al Campeonato Uruguayo de esa especialidad, o la más similar.

2.1.4 FECHAS DE CAMPEONATO ESTIVAL


Serán fechas de Campeonato Estival, las que compongan los calendarios de los Campeonatos a llevarse a cabo en un época determinada del año, en el que esté en disputa un título (o un título para cada categoría), y que tenga un Reglamento autorizado por  FAMU, La disputa de un Campeonato Estival será solicitada a la Comisión Directiva de  FAMU, pudiendo éste aprobar la solicitud en su forma original o indicando las modificaciones que se deban introducir al Reglamento presentado.

2.1.5. FESTIVAL

Será Festival la competencia o conjunto de competencias en una o más categorías que se realicen en un día o fin de semana, regidas por el Reglamento de la especialidad correspondiente.

2.1.6 DERECHOS DE ORGANIZACIÓN

Todo Club o Asociación afiliado/a a  FAMU que proyecte organizar una competencia, de cualquier tipo, dentro de la zona de influencia de otro Club federado, deberá presentar a  FAMU la solicitud de autorización respectiva. FAMU solicitará el visto bueno del Club antedicho.

En caso de que ese otro Club se opusiera a la competencia, deberá presentar por escrito detalle fundado de su oposición, quedando a criterio de la Comisión Directiva, si considera injustificadas las causas, otorgar la autorización para la competencia.

 2.2 EVENTOS DURANTE UNA FECHA DE CAMPEONATO URUGUAYO:

Se podrán realizar competencias durante una fecha de Campeonato Uruguayo, siempre que:

§         no se realicen a menos de 150 Km. de distancia y al mismo tiempo que las pruebas correspondientes al Campeonato Uruguayo.

§         no comprometan el buen desarrollo de las pruebas del Campeonato Uruguayo.

2.3 COMPETENCIAS ENTRE AUTOMOVILES Y MOTOCICLETAS:

Las competencias entre si de automóviles y motocicletas están prohibidas. Únicamente estará permitido que las mismas se intercalen, observando las normas de seguridad y que estén aprobadas por las entidades fiscalizadoras de la especialidad.

 2.4 COMPETENCIAS ENTRE MOTOCICLETAS, TRICICLOS, SIDECARS Y CUADRICICLOS:


Por razones de seguridad toda competencia entre motocicletas, triciclos, sidecares y cuadriciclos está prohibida, con la sola excepción de pruebas en que no se compita simultáneamente, como rally, trial, trepadas, cross-country y enduro.

 2.5. EVENTOS NO FISCALIZADOS POR FAMU:

La organización en eventos no fiscalizados por FAMU, podrá dar lugar a la aplicación de penas a los infractores:

§         Para organizadores, la inhabilitación para realizar competencias durante un año, más una multa equivalente a una cuota de afiliación. En caso de comprobarse la participación de dos o más directivos de un club afiliado, ese Club no podrá deslindar responsabilidad por desconocimiento de los actos de sus integrantes, siendo extensiva la pena a esa Institución.

§         Para participantes, deberán solicitar a la Comisión Directiva de FAMU el permiso para participar en ese tipo de eventos y luego comunicar a la Comisión Directiva de FAMU dentro del tercer día hábil luego del evento, el o los puestos que ocupó en cada categoría en la que participó.

  2.6 POSTERGACION O ANULACION DE UN EVENTO:

Al ser adjudicada la organización de una fecha de Campeonato (Uruguayo o no), el organizador deberá depositar una garantía de realización del evento, por un monto que será fijado en cada Asamblea.

FAMU, en casos excepcionales, o por razones de fuerza mayor, podrá postergar una fecha de Campeonato ( Uruguayo o no), o anularla.

2.6.1 ANULACION DE UNA FECHA:

Ningún organizador podrá anular un evento por su voluntad, en el caso de que se le anule el mismo por no haber sido homologado el circuito u otros motivos no justificables se le cobrará la multa y FAMU buscará un nuevo organizador.

El organizador puede ceder a otro organizador la organización de un evento y cambiar el lugar de realización siempre que sea 45 días antes como mínimo de la fecha prevista, dando aviso por escrito a FAMU.

 2.6.2. POSTERGACION DE UNA FECHA:

En el caso de Campeonatos, el organizador podrá pedir, por razones fundadas, la postergación de una fecha, para la semana siguiente o la segunda semana después de la fecha prevista, con una antelación de 15 días a la fecha original.

Esta postergación debe ser aprobada por la Comisión Directiva.

Será de responsabilidad del organizador avisar a los competidores que figuren en el ranking de ese Campeonato, así como a los demás clubes que tengan competidores participando en ese Campeonato, la postergación de la fecha, debiendo pagar los gastos de traslado de los competidores o delegados que no hayan sido avisados del cambio de fecha.

En caso de lluvia el día de la realización de la competencia, la misma podrá ser suspendida, de acuerdo a lo previsto en el Reglamento de cada especialidad, debiendo ser realizada la primera semana siguiente disponible, con los mismos detalles de organización.

En caso de lluvia en días previos a la fecha de realización, la misma podrá ser suspendida, con la aprobación del Comisario Deportivo designado, debiéndose dar aviso el día sábado a las 12:00 horas a los competidores participantes en ese Campeonato.

Los avisos publicados en la página oficial de FAMU, serán oficiales y válidos para todos los participantes.

  2.7 USO DE TITULOS:

El uso de las denominaciones

"GRAN PREMIO", "LATINOAMERICANO", "SUDAMERICANO", "PANAMERICANO", y toda otra designación que implique la participación de extranjeros, está reservada a eventos de carácter internacional, que sólo podrán ser organizados directamente por  FAMU, o en casos excepcionales delegados a entidades aprobadas por la Comisión Directiva de FAMU. La denominación de "PREMIO" podrá estar acompañada del nombre del organizador, del departamento donde se realice el evento, o del nombre de la empresa patrocinante o de la marca que dicho patrocinante quiera promover, previa autorización del Comisión Directiva de FAMU. 

2.8 PARTICIPACION DE EXTRANJEROS EN LOS CAMPEONATOS URUGUAYOS:

§         Los pilotos extranjeros que participen en eventos fiscalizados por FAMU (cualquiera sea la especialidad), participarán en igualdad de condiciones que los pilotos Uruguayos.

§         Para puntuar por un Club, se le exigirá pertenecer al Club que representa y carnet FAMU correspondiente.

§         Para puntuar por una Marca, debe estar registrado por la misma.

 3. CALENDARIO OFICIAL:

El Calendario Oficial es la lista de competencias que integrarán los distintos Eventos fiscalizados por FAMU. 

3.1 FIJACION DEL CALENDARIO OFICIAL:

§         El Calendario Oficial será confeccionado por la Asamblea Ordinaria o Extraordinaria, donde se fijará el número mínimo y máximo de fechas de los diferentes Campeonatos y de los Eventos previstos, las fechas serán otorgadas a los organizadores interesados. Los organizadores deberán depositar la garantía correspondiente mediante cheque de pago diferido al día de la fecha adjudicada, o en caso contrario, en efectivo que será depositado en carácter de "plazo fijo" en la entidad bancaria en la que  FAMU tenga cuenta corriente, o donde ésta lo considere conveniente.

§         En caso que alguno de los organizadores no disponga en el momento de la Asamblea de cheque o efectivo correspondiente, se le podrá otorgar un plazo máximo de 15 días para cumplir el requisito. Una vez vencido el plazo, perderá todo derecho sobre la fecha adjudicada y la Comisión Directiva podrá adjudicar a otro interesado, que cumpla los requisitos, la fecha no confirmada por el primero.

 3.2 ORDEN DE PRIORIDAD DE FECHAS:

Para el establecimiento de las fechas de los distintos Campeonatos y otros eventos, y para la realización de fechas suspendidas, se establece el siguiente orden de prioridades:

§         Fechas de Campeonatos Uruguayos (aún de distinta especialidad),

§         Fechas de Campeonatos Uruguayos suspendidas,

§         Fechas de Campeonatos no Uruguayos,

§         Fechas de Campeonatos no Uruguayos suspendidas,

§         Festivales,

§         Festivales suspendidos.

A efectos de evitar excesivo alargamiento de los Campeonatos, en el caso de suspensiones de fechas, no se otorgarán fechas para Festivales cuando la semana anterior esté fijada una fecha de Campeonato, salvo con la condición que, en caso de suspensión de dicha fecha de Campeonato, el Festival ceda dicha fecha, siendo desplazada su realización para la primera fecha disponible siguiente.

 3.3 FICTOS A PAGAR POR LA REALIZACION DE EVENTOS:

§         Cada organizador deberá pagar a FAMU un ficto por la realización de eventos, de acuerdo a los valores que se fijen en la Asamblea Ordinaria o Extraordinaria, que regirán durante el año siguiente.

§         El organizador entregará los premios establecidos al finalizar el evento. En caso de haber alguna planilla observada, los premios a la categoría correspondiente, serán retenidos por tal concepto. En caso de premios no retirados por los competidores, serán entregados al Comisario Deportivo, quien extenderá constancia de su recepción. Estos premios quedarán a disposición de los competidores en la sede de FAMU. El Comisario Deportivo, una vez conforme con la entrega de premios y habiendo recibido los importes establecidos, hará entrega del cheque o importe depositado en garantía, con recibo de  FAMU por los importes abonados.

4. ORGANIZACIÓN DE EVENTOS:

4.1 RESPONSABILIDAD POR LA ORGANIZACIÓN:

Cada organizador designado por  FAMU es responsable directo de la organización de ese evento, aún en el caso que solamente haya dado el aval a terceros para su realización, respondiendo por cualquier irregularidad ante FAMU.

4.2 INSCRIPCIONES Y COBRO DE COSTOS DE INSCRIPCION:

Esa tarea será desempeñada por la persona o equipo de personas designadas en cada caso por la Comisión Directiva de FAMU, éstas serán responsables por la inscripción de todos los participantes, así como encargados de recaudar los costos de inscripción de los participantes, debiendo abonar a FAMU el total de lo recaudado por ese concepto.

4.3 TROFEOS Y PREMIOS:

Para cada una de las categorías que comprendan el evento, el organizador deberá entregar trofeos o copas acordes a la importancia del evento para la cantidad de participantes que la Comisión Directiva de FAMU establezca previamente para dicho evento. El Organizador si lo desea, puede entregar además de los reglamentados, otros trofeos y/o premios.

5. AUTORIDADES:

Las autoridades que actuarán en los eventos serán:

  • Comisario Deportivo,
  • Director de la prueba,
  • Oficial de largada,
  • Oficial de llegada,
  • Jefe de banderilleros,
  • Banderilleros
  • Jefe de Boxes y Parque Cerrado,
  • Jefe de Planilleros,
  • Mecánico Fiscal o Comisión Técnica,
  • Comisión Deportiva.

5.1 COMISARIO DEPORTIVO:

§         Persona con preparación y conocimientos suficientes para actuar en ese puesto, puede ser un Miembro Neutral de la Mesa de la Comisión Directiva de FAMU, o una persona nombrada por la Comisión Directiva de FAMU.

§         La principal función del Comisario Deportivo es la observación del desarrollo del evento y la confección del informe correspondiente que será elevado a la Comisión Directiva de FAMU.

§         Es también potestad del Comisario Deportivo, indicar las irregularidades que detecte al Director de la Prueba o a otras autoridades, para que sean subsanadas a la brevedad.

§         En todos los casos el Comisario Deportivo, como representante de FAMU, es la más alta autoridad del evento en caso necesario, subrogando cuando lo crea necesario, la función de cualquiera de las autoridades de la prueba.

§         Ninguna de las autoridades de la prueba puede ser  un competidor que participe en cualquiera de las pruebas que compongan el evento.

5.2 COMISION DEPORTIVA

§         Estará formada por los delegados presentes (uno por cada club, excepto del organizador) y el Director de la Prueba, y será convocada por el Comisario Deportivo a efectos de estudiar los casos o denuncias que se presentes, y emitir su opinión al respecto, asesorando y aconsejando al Comisario Deportivo sobre la resolución a tomar. El Comisario Deportivo, no estando obligado a aceptar su sugerencia, puede asimismo decidir no tomar resolución sobre el caso  tratado, pasando todos los antecedentes a la Comisión Directiva de FAMU para su resolución.

§         En caso de no ser posible la designación de Comisario Deportivo, o que por causas de fuerza mayor no concurra al lugar del evento, se constituirá la Comisión Deportiva, que actuará en sustitución del Comisario Deportivo.

§         En todos los casos que se deba tomar decisión, deberán ser elevados a la Comisión Directiva de FAMU todos los antecedentes, denuncias, etc. disponible, para ser tratado.

5.3 DIRECTOR DE LA PRUEBA:

Será responsable principal del desarrollo del evento, sus decisiones serán tomadas de acuerdo a este Código y a los Reglamentos vigentes, debiendo ser asesorado por el  Comisario Deportivo o la Comisión Deportiva que actúe como tal, en ausencia del Comisario Deportivo.

5.4 JUEZ DE LARGADA:

Será responsable, conjuntamente con el Comisario Deportivo y planillero(s), de controlar la largada para cada una de las pruebas que compongan el evento, y validar o anular las mismas en caso de irregularidad.

5.5. JUEZ DE LLEGADA:

Será responsable de controlar el fin a cada una de las pruebas que compongan el evento, una vez cumplido el recorrido o el tiempo preestablecido, o cuando le sea indicado por el Director de la Prueba o por el Comisario Deportivo, en caso necesario. Además deberá colaborar con el Comisario Deportivo para determinar la posición de llegada de dos o más competidores en caso de una llegada con muy escasa diferencia. Una misma persona puede cumplir las funciones de Juez de largada y de Juez de llegada en el mismo evento.

5.6. JEFE DE BANDERILLEROS:

Será responsable de controlar y asesorar a los oficiales de señales (banderilleros), instruyéndolos y ordenando el uso de las diferentes banderas. Será además el encargado de recibir los materiales proporcionados por FAMU (banderas, chalecos, etc.), y responsable por devolverlos, asimismo deberá informar al Comisario Deportivo y al Director de la Prueba las irregularidades que pudieran ocurrir.

5.7. BANDERILLEROS:

Serán los responsables de indicar por medio de banderas (según el código de las mismas) a los competidores de los acontecimientos en el transcurso de una prueba. Inmediatamente de culminada cada prueba, deberán informar al Director de la Prueba o al Comisario Deportivo las irregularidades que pudieran ocurrir.

5.8 JEFE DE BOXES Y PARQUE CERRADO:

Será responsable de permitir la salida a pista de los competidores, para los entrenamientos y la disputa de cada una de las pruebas, una vez que le sea indicado por el Director de la Prueba.

Además es responsable que concurran y permanezcan en Parque Cerrado las máquinas que deben hacerlo de acuerdo a los distintos Reglamentos.

En caso necesario, estas funciones podrán ser desempeñadas por dos personas distintas.

5.9 JEFE DE PLANILLEROS:

Será responsable por la actuación del equipo de planillaje, asesorando y controlando la función del mismo.

5.10 MECANICO FISCAL O COMISION TECNICA:

Serán una persona o grupo de personas con conocimientos técnicos suficientes, cuyo cometido es controlar que las máquinas que deben concurrir a Parque Cerrado cumplan con las disposiciones técnicas que figuren en los Reglamentos respectivos. Tienen derecho a solicitar al mecánico del competidor el desarme de cualquier pare de la máquina para su control, comunicará al Comisario Deportivo o a la Comisión Deportiva, en su defecto, el resultado de la inspección realizada, En caso de irregularidades técnicas, el Comisario Deportivo procederá a la descalificación inmediata del competidor encontrado en falla.

5.11 DESIGNACION DE AUTORIDADES:

§         El Comisario Deportivo y el Mecánico Fiscal (o Comisión Técnica) serán designados por los Neutrales de la Comisión Directiva. Si la Comisión Directiva lo solicitara, el organizador deberá contar con un Mecánico Fiscal disponible para la competencia.

§         El resto de las autoridades serán designadas por el organizador, salvo cuando FAMU establezca otra cosa, o esté previsto de otra forma en el Reglamento de esa Especialidad, y serán incluidas en el reglamento Particular de la Prueba, debiendo ser presentado a la Comisión Directiva de FAMU con un mínimo de 15 días antes de la fecha de la prueba, para su aprobación.

§         En ningún caso podrán ser nombradas personas de las que haya constancia en las actas de FAMU, de su participación en competencias no autorizadas, ya sea como autoridad u organizador.

6 PARTICIPANTES:

Los participantes de un evento serán:

§         Competidores

§         Mecánicos

§         Ayudantes

 6.1 COMPETIDORES:

Los competidores serán poseedores:

a) del carné de competidor expedido por FAMU. Este carné tendrá validez por un año calendario desde la fecha de expedición.

b) de la ficha de aptitud médica según lo establecido por las Autoridades Nacionales.

c) en el caso de ser menor de 18 años, se debe poseer permiso del INAU.

6.2 MECANICOS:

Estarán autorizados a ingresar a la zona de Boxes, un mecánico por cada motocicleta que se presente, quedando autorizado a ingresar a la zona de mecánicos en pista (no a la pista en si), durante el desarrollo de la prueba en la que esté compitiendo la motocicleta asistida. Conjuntamente con su carné anual, el competidor recibirá un Carné de Mecánico (en el cual dirá "Mecánico de:..........") que habilitará al mecánico del competidor a ingresar al circuito, debiendo ingresar al circuito con la motocicleta. Este carné será asimismo la identificación para que el mecánico pueda ingresar a Boxes y a la zona de mecánicos en pista.

6.3 AYUDANTES:

Estará autorizado a ingresar a la zona de Boxes, un ayudante por cada motocicleta que se presente. El  ayudante no está autorizado a ingresar a la zona de pista, salvo luego de terminada la competencia, para ayudar en el traslado de la motocicleta de regreso a zona de Boxes.

6.4 ACEPTACION Y PUBLICACION DE RESULTADOS:

 

Los resultados de cada competencia serán comunicados a la secretaría de FAMU antes de cumplidas 24 hs de culminado el Evento. Los mismos serán publicados en la  página oficial y aprobados definitivamente en la primera reunión de Comisión Directiva.

 

 

Código Aprobado el 16 de Marzo de 2013.-