1ª EDICION
INDICE
1.2 -REGLAMENTOS PARTICULARES
1.3 -AUTORIDAD
1.4 -INTERPRETACION DE LOS REGLAMENTOS
Y DISPOSICIONES
1.5 -ORGANIZACION DE EVENTOS
1.6 -MODIFICACIONES
AL CODIGO
2.1 -TIPOS DE EVENTOS
2.1.1 -FECHAS DE CAMPEONATO URUGUAYO
2.1.2 -FECHAS DE CAMPEONATO ZONAL
2.1.3 -FECHAS DE CAMPEONATO
DEPARTAMENTAL
2.1.4 -FECHAS DE CAMPEONATO ESTIVAL
2.1.5. -FESTIVAL
2.1.6 -DERECHOS DE ORGANIZACIÓN
2.2 -EVENTOS DURANTE UNA FECHA DE CAMPEONATO
URUGUAYO
2.3 -COMPETENCIAS ENTRE AUTOMOVILES Y
MOTOCICLETAS
2.4-COMPETENCIAS
ENTRE MOTOCICLETAS, TRICICLOS, SIDECARS Y CUADRICICLOS
2.5. -EVENTOS NO FISCALIZADOS POR FAMU
2.6 -POSTERGACION O ANULACION DE UN
EVENTO
2.6.1 -ANULACION DE UNA FECHA
2.6.2. -POSTERGACION DE UNA FECHA
2.7 -USO DE TITULOS
2.8 -PARTICIPACION DE EXTRANJEROS EN
LOS CAMPEONATOS URUGUAYOS
3. -CALENDARIO OFICIAL
3.1 -FIJACION DEL CALENDARIO OFICIAL
3.2 -ORDEN DE PRIORIDAD DE FECHAS
3.3 -FICTOS A PAGAR POR LA REALIZACION DE
EVENTOS
4.1
-RESPONSABILIDAD POR LA
ORGANIZACIÓN
4.2 -INSCRIPCIONES Y COBRO DE COSTOS DE
INSCRIPCION
4.3 -TROFEOS Y PREMIOS
5. -AUTORIDADES
5.1-COMISARIO DEPORTIVO
5.2
-COMISION DEPORTIVA
5.3 -DIRECTOR DE LA PRUEBA
5.4 -JUEZ DE LARGADA
5.5. -JUEZ DE LLEGADA
5.6. -JEFE DE BANDERILLEROS
5.7. -BANDERILLEROS
5.8 - JEFE DE BOXES Y PARQUE CERRADO
5.9 - JEFE DE PLANILLEROS
5.10 -MECANICO FISCAL O COMISION TECNICA
5.11 -DESIGNACION DE AUTORIDADES
6 - PARTICIPANTES
6.1 -COMPETIDORES
6.2 -MECANICOS
6.3 -AYUDANTES
6.4 -ACEPTACION Y PUBLICACION DE
RESULTADOS
1. GENERALIDADES:
1.1 FINALIDAD:
El Código Deportivo
de FAMU (de aquí en adelante "El Código") es el conjunto de reglas
establecidas por FAMU que serán aplicadas en todas las manifestaciones
deportivas bajo su autoridad. Asimismo regulará los deberes y derechos de cada
una de las personas vinculadas al motociclismo deportivo.
1.2 REGLAMENTOS PARTICULARES:
Para cada especialidad se especificarán normas
complementarias, que no se opondrán a lo establecido en este Código ni en los
Estatutos y Reglamentos de FAMU, salvo que sea necesario por sus
características, debiendo estar explicativo que existe esa diferencia.
1.3
AUTORIDAD:
Toda persona física y
toda entidad que participe en los eventos organizados bajo la
Autoridad de FAMU
por este simple hecho está obligada a conocer y acatar todas las disposiciones
tomadas por FAMU (Estatutos, Código, Reglamentos y Resoluciones), y aceptar
todas las resoluciones y decisiones que la Comisión Directiva de FAMU, o sus Órganos
de Disciplina tome como consecuencia de sus actos. Además tanto los
organizadores como los participantes de los eventos que se organicen bajo la
dirección de FAMU, renuncian al derecho
de todo procedimiento civil, que no sea autorizado expresamente y por escrito
por FAMU.
1.4 INTERPRETACION DE LOS REGLAMENTOS Y
DISPOSICIONES:
En caso de controversia, la Comisión Directiva de FAMU es el órgano autorizado a interpretar los Reglamentos y Disposiciones que puedan dar lugar a diferentes conclusiones, las que serán luego confirmadas o modificadas por la primer Asamblea que se realice.
En
los casos no previstos, se resolverá de acuerdo a lo que establezca la ULM o la FIM al respecto, siempre que
no se oponga a las leyes de nuestro país.
Las
interpretaciones al respecto que sean tomadas, serán incluidas en el Código, Reglamento,
etc. correspondiente o bien puede ser
modificado el texto de dicha regla para que se ajuste a la
interpretación.
1.5 ORGANIZACION DE EVENTOS:
Los
eventos podrán ser organizados:
§
Por
FAMU.
§
Por
los Clubes o Asociaciones afiliados/as a FAMU.
§ Por
una entidad o persona, o conjunto de personas, ajenos a FAMU, avalados por un Club
o Asociación afiliado/a, el que será totalmente responsable por los actos y la
organización del evento, debiendo responder ante FAMU por los mismos.
1.6 MODIFICACIONES AL CODIGO:
Cualquier
modificación o agregado al Código o a los Reglamentos, podrá ser decidida por la Asamblea General ,
teniendo vigencia a partir de la primera competencia perteneciente a los
Campeonatos del año siguiente a la misma (aún en el caso que dicha Asamblea no
sea cerrada en el año a que corresponda, o en la fecha que se resuelva en la Asamblea (la Asamblea puede decidir
reuniones extraordinarias para tratar un tema en particular, y las resoluciones
tomadas en ella tendrán total validez).
2. EVENTOS:
2.1 TIPOS DE EVENTOS:
Se podrán distinguir cinco tipos de
eventos:
1.
Fecha de Campeonato Uruguayo
2.
Fecha de Campeonato Zonal
3.
Fecha de Campeonato Departamental
4.
Fecha de Campeonato Estival
5.
Festival
Ningún
evento se podrá realizar sin la previa autorización de FAMU.
2.1.1 FECHAS DE CAMPEONATO URUGUAYO:
Serán fechas de Campeonato Uruguayo, las que compongan el calendario Oficial que se confeccionará en la Asamblea Ordinaria Anual de FAMU, para cada una de las especialidades.
2.1.2 FECHAS DE CAMPEONATO ZONAL
Serán fechas de Campeonato Zonal las que compongan los calendarios de los Campeonatos Inter-departamentales de cada una de las especialidades, que serán confeccionados en
Se
podrá regir por un Reglamento propio o en su defecto, por el mismo que rija al
Campeonato Uruguayo de esa especialidad, o la más similar.
2.1.3 FECHAS DE CAMPEONATO DEPARTAMENTAL
Serán
fechas de Campeonato Departamental las que compongan los calendarios de los
Campeonatos de cada Departamento, de cada una de las especialidades, que serán
confeccionados en la Asamblea Extraordinaria
citada a ese efecto.
Se
podrá regir por un Reglamento propio o en su defecto, por el mismo que rija al
Campeonato Uruguayo de esa especialidad, o la más similar.
2.1.4 FECHAS DE CAMPEONATO ESTIVAL
Serán fechas de Campeonato Estival, las que compongan los calendarios de los Campeonatos a llevarse a cabo en un época determinada del año, en el que esté en disputa un título (o un título para cada categoría), y que tenga un Reglamento autorizado por FAMU, La disputa de un Campeonato Estival será solicitada a la Comisión Directiva de FAMU, pudiendo éste aprobar la solicitud en su forma original o indicando las modificaciones que se deban introducir al Reglamento presentado.
2.1.5. FESTIVAL
Será
Festival la competencia o conjunto de competencias en una o más categorías que
se realicen en un día o fin de semana, regidas por el Reglamento de la
especialidad correspondiente.
2.1.6 DERECHOS DE ORGANIZACIÓN
Todo
Club o Asociación afiliado/a a FAMU que
proyecte organizar una competencia, de cualquier tipo, dentro de la zona de
influencia de otro Club federado, deberá presentar a FAMU la solicitud de autorización respectiva. FAMU
solicitará el visto bueno del Club antedicho.
En
caso de que ese otro Club se opusiera a la competencia, deberá presentar por
escrito detalle fundado de su oposición, quedando a criterio de la Comisión
Directiva, si considera injustificadas las causas, otorgar la autorización para
la competencia.
2.2
EVENTOS DURANTE UNA FECHA DE CAMPEONATO URUGUAYO:
Se
podrán realizar competencias durante una fecha de Campeonato Uruguayo, siempre
que:
§
no
se realicen a menos de 150 Km .
de distancia y al mismo tiempo que las pruebas correspondientes al Campeonato
Uruguayo.
§
no
comprometan el buen desarrollo de las pruebas del Campeonato Uruguayo.
2.3 COMPETENCIAS ENTRE AUTOMOVILES Y
MOTOCICLETAS:
Las
competencias entre si de automóviles y motocicletas están prohibidas. Únicamente
estará permitido que las mismas se intercalen, observando las normas de
seguridad y que estén aprobadas por las entidades fiscalizadoras de la
especialidad.
2.4 COMPETENCIAS ENTRE MOTOCICLETAS,
TRICICLOS, SIDECARS Y CUADRICICLOS:
Por razones de seguridad toda competencia entre motocicletas, triciclos, sidecares y cuadriciclos está prohibida, con la sola excepción de pruebas en que no se compita simultáneamente, como rally, trial, trepadas, cross-country y enduro.
2.5. EVENTOS NO FISCALIZADOS POR FAMU:
La
organización en eventos no fiscalizados por FAMU, podrá dar lugar a la
aplicación de penas a los infractores:
§
Para
organizadores, la inhabilitación para realizar competencias durante un año, más
una multa equivalente a una cuota de afiliación. En caso de comprobarse la
participación de dos o más directivos de un club afiliado, ese Club no podrá
deslindar responsabilidad por desconocimiento de los actos de sus integrantes, siendo
extensiva la pena a esa Institución.
§
Para
participantes, deberán solicitar a la Comisión Directiva de FAMU el permiso
para participar en ese tipo de eventos y luego comunicar a la Comisión
Directiva de FAMU dentro del tercer día hábil luego del evento, el o los
puestos que ocupó en cada categoría en la que participó.
2.6 POSTERGACION O ANULACION DE UN
EVENTO:
Al
ser adjudicada la organización de una fecha de Campeonato (Uruguayo o no), el
organizador deberá depositar una garantía de realización del evento, por un
monto que será fijado en cada Asamblea.
FAMU,
en casos excepcionales, o por razones de fuerza mayor, podrá postergar una
fecha de Campeonato ( Uruguayo o no), o anularla.
2.6.1 ANULACION DE UNA FECHA:
Ningún organizador
podrá anular un evento por su voluntad, en el caso de que se le anule el mismo
por no haber sido homologado el circuito u otros motivos no justificables se le
cobrará la multa y FAMU buscará un nuevo organizador.
El
organizador puede ceder a otro organizador la organización de un evento y
cambiar el lugar de realización siempre que sea 45 días antes como mínimo de la
fecha prevista, dando aviso por escrito a FAMU.
2.6.2. POSTERGACION DE UNA FECHA:
En
el caso de Campeonatos, el organizador podrá pedir, por razones fundadas, la
postergación de una fecha, para la semana siguiente o la segunda semana después
de la fecha prevista, con una antelación de 15 días a la fecha original.
Esta
postergación debe ser aprobada por la Comisión Directiva.
Será
de responsabilidad del organizador avisar a los competidores que figuren en el
ranking de ese Campeonato, así como a los demás clubes que tengan competidores
participando en ese Campeonato, la postergación de la fecha, debiendo pagar los
gastos de traslado de los competidores o delegados que no hayan sido avisados
del cambio de fecha.
En
caso de lluvia el día de la realización de la competencia, la misma podrá ser
suspendida, de acuerdo a lo previsto en el Reglamento de cada especialidad,
debiendo ser realizada la primera semana siguiente disponible, con los mismos
detalles de organización.
En
caso de lluvia en días previos a la fecha de realización, la misma podrá ser
suspendida, con la aprobación del Comisario Deportivo designado, debiéndose dar
aviso el día sábado a las 12:00 horas a los competidores participantes en ese
Campeonato.
Los
avisos publicados en la página oficial de FAMU, serán oficiales y válidos para
todos los participantes.
2.7 USO DE TITULOS:
El
uso de las denominaciones
"GRAN
PREMIO", "LATINOAMERICANO", "SUDAMERICANO",
"PANAMERICANO", y toda otra designación que implique la participación
de extranjeros, está reservada a eventos de carácter internacional, que sólo
podrán ser organizados directamente por FAMU,
o en casos excepcionales delegados a entidades aprobadas por la Comisión
Directiva de FAMU. La denominación de "PREMIO" podrá estar acompañada
del nombre del organizador, del departamento donde se realice el evento, o del nombre
de la empresa patrocinante o de la marca que dicho patrocinante quiera
promover, previa autorización del Comisión Directiva de FAMU.
2.8 PARTICIPACION DE EXTRANJEROS EN LOS CAMPEONATOS
URUGUAYOS:
§
Los
pilotos extranjeros que participen en eventos fiscalizados por FAMU (cualquiera
sea la especialidad), participarán en igualdad de condiciones que los pilotos
Uruguayos.
§
Para
puntuar por un Club, se le exigirá pertenecer al Club que representa y carnet FAMU
correspondiente.
§
Para
puntuar por una Marca, debe estar registrado por la misma.
3. CALENDARIO OFICIAL:
El
Calendario Oficial es la lista de competencias que integrarán los distintos
Eventos fiscalizados por FAMU.
3.1 FIJACION DEL CALENDARIO OFICIAL:
§
El
Calendario Oficial será confeccionado por la Asamblea Ordinaria o
Extraordinaria, donde se fijará el número mínimo y máximo de fechas de los
diferentes Campeonatos y de los Eventos previstos, las fechas serán otorgadas a
los organizadores interesados. Los organizadores deberán depositar la garantía
correspondiente mediante cheque de pago diferido al día de la fecha adjudicada,
o en caso contrario, en efectivo que será depositado en carácter de "plazo
fijo" en la entidad bancaria en la que FAMU tenga cuenta corriente, o donde ésta lo
considere conveniente.
§
En
caso que alguno de los organizadores no disponga en el momento de la Asamblea de cheque o
efectivo correspondiente, se le podrá otorgar un plazo máximo de 15 días para
cumplir el requisito. Una vez vencido el plazo, perderá todo derecho sobre la
fecha adjudicada y la Comisión Directiva podrá adjudicar a otro interesado, que
cumpla los requisitos, la fecha no confirmada por el primero.
3.2 ORDEN DE PRIORIDAD DE FECHAS:
Para
el establecimiento de las fechas de los distintos Campeonatos y otros eventos,
y para la realización de fechas suspendidas, se establece el siguiente orden de
prioridades:
§
Fechas
de Campeonatos Uruguayos (aún de distinta especialidad),
§
Fechas
de Campeonatos Uruguayos suspendidas,
§
Fechas
de Campeonatos no Uruguayos,
§
Fechas
de Campeonatos no Uruguayos suspendidas,
§
Festivales,
§
Festivales
suspendidos.
A
efectos de evitar excesivo alargamiento de los Campeonatos, en el caso de
suspensiones de fechas, no se otorgarán fechas para Festivales cuando la semana
anterior esté fijada una fecha de Campeonato, salvo con la condición que, en
caso de suspensión de dicha fecha de Campeonato, el Festival ceda dicha fecha,
siendo desplazada su realización para la primera fecha disponible siguiente.
3.3
FICTOS A PAGAR POR LA
REALIZACION DE EVENTOS:
§
Cada
organizador deberá pagar a FAMU un ficto por la realización de eventos, de
acuerdo a los valores que se fijen en la Asamblea Ordinaria o Extraordinaria,
que regirán durante el año siguiente.
§
El
organizador entregará los premios establecidos al finalizar el evento. En caso
de haber alguna planilla observada, los premios a la categoría correspondiente,
serán retenidos por tal concepto. En caso de premios no retirados por los
competidores, serán entregados al Comisario Deportivo, quien extenderá
constancia de su recepción. Estos premios quedarán a disposición de los
competidores en la sede de FAMU. El Comisario Deportivo, una vez conforme con
la entrega de premios y habiendo recibido los importes establecidos, hará
entrega del cheque o importe depositado en garantía, con recibo de FAMU por los importes abonados.
4. ORGANIZACIÓN DE EVENTOS:
4.1 RESPONSABILIDAD POR LA ORGANIZACIÓN :
Cada
organizador designado por FAMU es
responsable directo de la organización de ese evento, aún en el caso que
solamente haya dado el aval a terceros para su realización, respondiendo por
cualquier irregularidad ante FAMU.
4.2 INSCRIPCIONES Y COBRO DE COSTOS DE INSCRIPCION:
Esa
tarea será desempeñada por la persona o equipo de personas designadas en cada
caso por la Comisión Directiva de FAMU, éstas serán responsables por la
inscripción de todos los participantes, así como encargados de recaudar los
costos de inscripción de los participantes, debiendo abonar a FAMU el total de lo
recaudado por ese concepto.
4.3 TROFEOS Y PREMIOS:
Para
cada una de las categorías que comprendan el evento, el organizador deberá
entregar trofeos o copas acordes a la importancia del evento para la cantidad
de participantes que la Comisión Directiva de FAMU establezca previamente para
dicho evento. El Organizador si lo desea, puede entregar además de los
reglamentados, otros trofeos y/o premios.
5. AUTORIDADES:
Las
autoridades que actuarán en los eventos serán:
- Comisario
Deportivo,
- Director de la
prueba,
- Oficial de
largada,
- Oficial de llegada,
- Jefe de
banderilleros,
- Banderilleros
- Jefe de Boxes y
Parque Cerrado,
- Jefe de
Planilleros,
- Mecánico Fiscal
o Comisión Técnica,
- Comisión
Deportiva.
5.1 COMISARIO DEPORTIVO:
§
Persona
con preparación y conocimientos suficientes para actuar en ese puesto, puede
ser un Miembro Neutral de la Mesa
de la Comisión Directiva de FAMU, o una persona nombrada por la Comisión
Directiva de FAMU.
§
La
principal función del Comisario Deportivo es la observación del desarrollo del
evento y la confección del informe correspondiente que será elevado a la
Comisión Directiva de FAMU.
§
Es
también potestad del Comisario Deportivo, indicar las irregularidades que
detecte al Director de la
Prueba o a otras autoridades, para que sean subsanadas a la
brevedad.
§
En
todos los casos el Comisario Deportivo, como representante de FAMU, es la más
alta autoridad del evento en caso necesario, subrogando cuando lo crea
necesario, la función de cualquiera de las autoridades de la prueba.
§
Ninguna
de las autoridades de la prueba puede ser
un competidor que participe en cualquiera de las pruebas que compongan
el evento.
5.2 COMISION DEPORTIVA
§
Estará
formada por los delegados presentes (uno por cada club, excepto del
organizador) y el Director de la
Prueba , y será convocada por el Comisario Deportivo a efectos
de estudiar los casos o denuncias que se presentes, y emitir su opinión al
respecto, asesorando y aconsejando al Comisario Deportivo sobre la resolución a
tomar. El Comisario Deportivo, no estando obligado a aceptar su sugerencia,
puede asimismo decidir no tomar resolución sobre el caso tratado, pasando todos los antecedentes a la Comisión
Directiva de FAMU para su resolución.
§
En
caso de no ser posible la designación de Comisario Deportivo, o que por causas
de fuerza mayor no concurra al lugar del evento, se constituirá la Comisión Deportiva ,
que actuará en sustitución del Comisario Deportivo.
§
En
todos los casos que se deba tomar decisión, deberán ser elevados a la Comisión
Directiva de FAMU todos los antecedentes, denuncias, etc. disponible, para ser
tratado.
5.3 DIRECTOR DE LA PRUEBA :
Será
responsable principal del desarrollo del evento, sus decisiones serán tomadas
de acuerdo a este Código y a los Reglamentos vigentes, debiendo ser asesorado
por el Comisario Deportivo o la Comisión Deportiva
que actúe como tal, en ausencia del Comisario Deportivo.
5.4 JUEZ DE LARGADA:
Será
responsable, conjuntamente con el Comisario Deportivo y planillero(s), de
controlar la largada para cada una de las pruebas que compongan el evento, y
validar o anular las mismas en caso de irregularidad.
5.5. JUEZ DE LLEGADA:
Será
responsable de controlar el fin a cada una de las pruebas que compongan el
evento, una vez cumplido el recorrido o el tiempo preestablecido, o cuando le
sea indicado por el Director de la
Prueba o por el Comisario Deportivo, en caso necesario.
Además deberá colaborar con el Comisario Deportivo para determinar la posición
de llegada de dos o más competidores en caso de una llegada con muy escasa
diferencia. Una misma persona puede cumplir las funciones de Juez de largada y
de Juez de llegada en el mismo evento.
5.6. JEFE DE BANDERILLEROS:
Será
responsable de controlar y asesorar a los oficiales de señales (banderilleros),
instruyéndolos y ordenando el uso de las diferentes banderas. Será además el
encargado de recibir los materiales proporcionados por FAMU (banderas,
chalecos, etc.), y responsable por devolverlos, asimismo deberá informar al
Comisario Deportivo y al Director de la Prueba las irregularidades que pudieran ocurrir.
5.7. BANDERILLEROS:
Serán
los responsables de indicar por medio de banderas (según el código de las
mismas) a los competidores de los acontecimientos en el transcurso de una
prueba. Inmediatamente de culminada cada prueba, deberán informar al Director
de la Prueba o
al Comisario Deportivo las irregularidades que pudieran ocurrir.
5.8 JEFE DE BOXES Y PARQUE CERRADO:
Será
responsable de permitir la salida a pista de los competidores, para los
entrenamientos y la disputa de cada una de las pruebas, una vez que le sea
indicado por el Director de la
Prueba.
Además
es responsable que concurran y permanezcan en Parque Cerrado las máquinas que
deben hacerlo de acuerdo a los distintos Reglamentos.
En
caso necesario, estas funciones podrán ser desempeñadas por dos personas
distintas.
5.9 JEFE DE PLANILLEROS:
Será
responsable por la actuación del equipo de planillaje, asesorando y controlando
la función del mismo.
5.10 MECANICO FISCAL O COMISION
TECNICA:
Serán
una persona o grupo de personas con conocimientos técnicos suficientes, cuyo
cometido es controlar que las máquinas que deben concurrir a Parque Cerrado
cumplan con las disposiciones técnicas que figuren en los Reglamentos
respectivos. Tienen derecho a solicitar al mecánico del competidor el desarme
de cualquier pare de la máquina para su control, comunicará al Comisario
Deportivo o a la
Comisión Deportiva , en su defecto, el resultado de la
inspección realizada, En caso de irregularidades técnicas, el Comisario
Deportivo procederá a la descalificación inmediata del competidor encontrado en
falla.
5.11 DESIGNACION DE AUTORIDADES:
§
El
Comisario Deportivo y el Mecánico Fiscal (o Comisión Técnica) serán designados
por los Neutrales de la Comisión Directiva. Si la Comisión Directiva lo
solicitara, el organizador deberá contar con un Mecánico Fiscal disponible para
la competencia.
§
El
resto de las autoridades serán designadas por el organizador, salvo cuando FAMU
establezca otra cosa, o esté previsto de otra forma en el Reglamento de esa
Especialidad, y serán incluidas en el reglamento Particular de la Prueba , debiendo ser
presentado a la Comisión Directiva de FAMU con un mínimo de 15 días antes de la
fecha de la prueba, para su aprobación.
§
En
ningún caso podrán ser nombradas personas de las que haya constancia en las
actas de FAMU, de su participación en competencias no autorizadas, ya sea como
autoridad u organizador.
6 PARTICIPANTES:
Los
participantes de un evento serán:
§
Competidores
§
Mecánicos
§
Ayudantes
6.1 COMPETIDORES:
Los
competidores serán poseedores:
a)
del carné de competidor expedido por FAMU. Este carné tendrá validez por un año
calendario desde la fecha de expedición.
b)
de la ficha de aptitud médica según lo establecido por las Autoridades Nacionales.
c)
en el caso de ser menor de 18 años, se debe poseer permiso del INAU.
6.2 MECANICOS:
Estarán
autorizados a ingresar a la zona de Boxes, un mecánico por cada motocicleta que
se presente, quedando autorizado a ingresar a la zona de mecánicos en pista (no
a la pista en si), durante el desarrollo de la prueba en la que esté
compitiendo la motocicleta asistida. Conjuntamente con su carné anual, el
competidor recibirá un Carné de Mecánico (en el cual dirá "Mecánico
de:..........") que habilitará al mecánico del competidor a ingresar al
circuito, debiendo ingresar al circuito con la motocicleta. Este carné será
asimismo la identificación para que el mecánico pueda ingresar a Boxes y a la
zona de mecánicos en pista.
6.3 AYUDANTES:
Estará
autorizado a ingresar a la zona de Boxes, un ayudante por cada motocicleta que
se presente. El ayudante no está
autorizado a ingresar a la zona de pista, salvo luego de terminada la
competencia, para ayudar en el traslado de la motocicleta de regreso a zona de Boxes.
6.4 ACEPTACION Y PUBLICACION DE RESULTADOS:
Los resultados de cada
competencia serán comunicados a la secretaría de FAMU antes de cumplidas 24 hs
de culminado el Evento. Los mismos serán publicados en la página oficial y aprobados definitivamente en
la primera reunión de Comisión Directiva.
Código Aprobado el 16 de Marzo
de 2013.-